La veda estacional para la captura del lambí y sus especies
asociadas en todo el territorio nacional inició ayer día 1 de julio y
abarca hasta el 31 de octubre, según informó el Viceministerio de
Recursos Costeros y Marinos, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales.
La veda incluye las especies lambí o caracol rosa, caracol fututo, caracol pata de mulo, burgao y burgao Santa María, y prohíbe la captura, extracción y muerte de dichas especies en el canal de Catuano, entre las Palmillas, Catuano, Punta Aljibe y Punta Balaje, así como en toda la franja litoral del país desde la pleamar hasta 500 metros mar adentro, y la costa sur de la isla Beata.
Las regulaciones para el lambí y especies asociadas se basan en la Ley 64-00, la Ley 307-04, que crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca), y el Decreto 499-09.
El lambí (Strombus gigas L.), constituye un medio de riqueza para la economía dominicana y su captura representa una fuente de ocupación y alimento para la ciudadanía, por lo que se hace necesario proteger la especie en sus diferentes etapas de desarrollo y durante la época de reproducción, garantizando su sostenibilidad durante todo el año.
La República Dominicana es signataria de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES) desde el 1987, que protege el Strombus gigas.
La veda incluye las especies lambí o caracol rosa, caracol fututo, caracol pata de mulo, burgao y burgao Santa María, y prohíbe la captura, extracción y muerte de dichas especies en el canal de Catuano, entre las Palmillas, Catuano, Punta Aljibe y Punta Balaje, así como en toda la franja litoral del país desde la pleamar hasta 500 metros mar adentro, y la costa sur de la isla Beata.
Las regulaciones para el lambí y especies asociadas se basan en la Ley 64-00, la Ley 307-04, que crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca), y el Decreto 499-09.
El lambí (Strombus gigas L.), constituye un medio de riqueza para la economía dominicana y su captura representa una fuente de ocupación y alimento para la ciudadanía, por lo que se hace necesario proteger la especie en sus diferentes etapas de desarrollo y durante la época de reproducción, garantizando su sostenibilidad durante todo el año.
La República Dominicana es signataria de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES) desde el 1987, que protege el Strombus gigas.
fuente: robertocavada.com
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